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20 agosto 2010

LO QUE HAY QUE SABER: ¿Qué debe hacer si pierde o le roban un cheque?

20-8-2010 - Si usted pierde o le roban un cheque o una chequera debe informarlo inmediatamente al banco emisor mediante un llamado telefónico u otro medio apropiado. Así, se asegura de que si ese cheque es presentado al banco, se rechazará su pago y se retendrá el documento.

En el mismo día debe ratificar personalmente esa comunicación mediante la presentación de una nota a la sucursal del banco donde está radicada la cuenta. Esa nota debe contener los siguientes datos:

          - el motivo de la denuncia,
          - el nombre del banco y la sucursal en la que fue abierta la cuenta,
          - el número y el nombre de la cuenta,
          - el tipo y el número de los documentos que fueron perdidos o robados,
          - los nombres y apellidos completos de los denunciantes y su DNI.

Dentro de las 48 horas hábiles de presentada la nota, debe agregarse la acreditación fehaciente de la denuncia pertinente, efectuada ante la autoridad competente, de conformidad a lo previsto en la normativa vigente en la jurisdicción de que se trate.

Una vez recibida la denuncia, el banco informará lo sucedido al Banco Central, que registrará los documentos en la “Central de Cheques Denunciados como Extraviados, Sustraídos o Adulterados”, es una herramienta del Banco Central para darle más transparencia al movimiento de cheques e indirectamente reducir los robos de cheques y chequeras.

Recomendaciones
Tenga en cuenta que el número de cheque se encuentra impreso en cuatro lugares del documento, el cual debe ser el mismo en cada uno de ellos. Si existe alguna diferencia podría tratarse de un documento adulterado.

Debido a que el número de cheque puede repetirse en distintas cuentas corrientes pertenecientes a un mismo banco, deberá verificar si el número de sucursal y número de cuenta que muestra la pantalla coinciden con el que está impreso en el documento que se consulta.

La Central también sirve para verificar que los cheques denunciados no serán  pagados a quien los presente ante el banco para su cobro.

www.clientebancario.bcra.gov.ar

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