18-7-2010 - El monto anual que es posible deducir se elevó para este año de $9000 a $10.800. Y el descuento máximo por familiares a cargo subió de $3750 a 4500 pesos
El monto anual que es posible deducir del Impuesto a las Ganancias por los pagos al personal doméstico se elevó para este año de $9000 a $10.800, en tanto que el descuento máximo por familiares a cargo -que no sean cónyuge ni hijos- se incrementó de $3750 a 4500 pesos.
Tal como informa el diario La Nación, esas medidas, que alivian la carga fiscal para quienes tienen la posibilidad de declarar esas deducciones, están incluidas en los últimos cambios dispuestos por el Gobierno para el Impuesto a las Ganancias de la llamada "cuarta categoría", que incluye a asalariados, jubilados y autónomos.
La deducción por pagos al personal doméstico está en vigor desde el ejercicio fiscal 2005. La decisión se tomó para incentivar el registro de las personas que trabajan en casas de familia, un segmento altamente afectado por la informalidad, destaca el matutino.
Los contribuyentes alcanzados por el tributo pueden declarar -mediante el formulario 572 de la AFIP- los montos abonados en concepto de salarios y de aportes y contribuciones.
La deducción de ganancias por lo abonado al servicio doméstico no tiene un monto fijo anual, tal como ocurre con los descuentos por cargas de familia: los $10.800 actúan en rigor como un tope del monto por declarar, que debe coincidir con lo efectivamente abonado, consigna La Nación este sábado.
En cuanto a las cargas de familia por las que es posible declarar una deducción anual de $4500, el concepto es válido para nietos, bisnietos, hermanos, yerno o nuera, siempre que se trate de menores de 24 años o de incapacitados para el trabajo. Según el matutino, también es posible declarar a padre, madre, abuelos, bisabuelos, madrastra, padrastro y suegros. En todos los casos, la condición es que la persona no perciba ingresos superiores a $10.800 al año.
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