BIENVENIDOS a SABER de BANCOS

11 abril 2010

NOTICIAS: Abril, el temido mes en el que los impuestos queman

Las personas físicas deben presentar sus declaraciones de Ganancias y Bienes Personales

Hablar de impuestos puede resultar para muchos tan complicado como intentar desentrañar el nudo gordiano. Pero con los vencimientos de tributos clave en puerta, como Ganancias y Bienes Personales, es momento de cortar con las vueltas e informarse sobre el tema.

Por lo pronto, del 19 al 26 de este mes (dependiendo de la terminación del CUIT) vence el plazo para presentar las declaraciones juradas de Ganancias correspondientes a 2009. Las alícuotas son progresivas según la ganancia neta del individuo, y van desde el 9% al 35% (el máximo se aplica sobre quienes tienen ingresos de más de $ 120.000 al año).

"En lo que respecta a personas físicas, los depósitos en bancos del país y los títulos públicos argentinos cuentan con un tratamiento fiscal favorable, ya que los intereses que generan se encuentran exentos del impuesto. Las obligaciones negociables y títulos de deuda o certificados de participación en fideicomisos con oferta pública, y los fondos comunes también producen resultados exentos", detalla Andrés Edelstein, socio del área legal e impositiva de la auditora PricewaterhouseCoopers. "Las acciones de empresas argentinas, en tanto, resultan sujetas a un tratamiento particular, ya que los dividendos no se consideran computables a los fines de determinar el impuesto, mientras que las ganancias por la enajenación de las mismas en general tampoco tributan el gravamen (excepto «habitualistas»)", agrega.

Existen, a su vez, varias deducciones que pueden hacerse y que morigeran el peso que el impuesto tiene sobre las finanzas de los individuos. Una de las más conocidas, señala Víctor Fabetti, socio del estudio Fabetti, Bertani & Asociados, son las deducciones por las cargas de familia: hasta $ 10.000 por cónyuge, 5000 por hijo y 3750 por otros conceptos. También se pueden deducir 996,23 anuales si se tiene contratado un seguro de vida y hasta 20.000 por año de los intereses que un individuo esté pagando por un crédito hipotecario que haya tenido como destino la compra o construcción de inmuebles para la vivienda donde viva, detalla.

A ese listado, Edelstein le suma:

*Aportes jubilatorios (sin límite de monto) y descuentos obligatorios para las obras sociales (sin límite de monto, correspondiente al contribuyente y las cargas de familia).

*La medicina prepaga (correspondiente al contribuyente y cargas de familia, por hasta 5% de la ganancia neta del individuo).

*Honorarios médicos (por hasta 40% del total facturado correspondiente al contribuyente y cargas de familia, y hasta 5% de la ganancia neta del individuo). Pero no se incluyen los gastos beneficiados por sistemas de reintegro.

*Donaciones (por hasta 5% de la ganancia neta del individuo).

*Personal doméstico, por hasta $ 9000 anuales.

*Gastos de sepelio, por hasta 996,3 anuales (por fallecimiento de cónyuge o cargas de familia).

*La ganancia no imponible de 9000. Y existe una deducción especial, de hasta los 43.000, en caso de los que desempeñan cargos públicos, son empleados en relación en dependencia, jubilados y pensionados.
El patrimonio paga

El otro impuesto que vence antes de fin de mes es Bienes Personales. El plazo de presentación de la declaración jurada cierra entre el 19 y el 26 de este mes. Aunque (al igual que en Ganancias) se puede extender hasta mayo para las personas que tengan participación en sociedades que cierren su ejercicio comercial en diciembre y no coticen en Bolsa. Las tasas de imposición también son progresivas en función del patrimonio y van desde el 0,5% al 1,25% (para los que tienen un patrimonio superior a los $ 5 millones).

Fabetti advierte que tienen que presentar declaración aquellos domiciliados en la Argentina que tengan bienes en el país y/o en el exterior por más de $ 305.000 (mínimo no imponible) y las personas físicas domiciliadas en el exterior por los bienes que tengan en el país. Raúl Sanguinetti, socio de Baker Tilly Argentina, aclara que cuando el valor de los bienes gravados supera los 305.000 queda alcanzada la totalidad de los bienes del contribuyente. Claro que, al igual que en Ganancias, también existen deducciones y pequeñas piruetas para que cumplir con el pago de impuestos no sea tan doloroso (ver aparte).

Datos útiles

* Agenda . Del 19 al 26 de abril (según la terminación del CUIT) vence el plazo para presentar las declaraciones de Ganancias y Bienes Personales.

* No gravados. Las ganancias por depósitos en bancos locales y por las tenencias de títulos públicos no pagan impuestos.

* Excepción . Aquellos que invierten en ciertos bonos extranjeros no tienen que pagar Bienes Personales por esos activos.

http://www.lanacion.com.ar

No hay comentarios:

Publicar un comentario

No insultos, No palabras obsenas, NO razismo

El objetivo de este blog es orientar a los internautas en sus relaciones con las entidades bancarias y/o financieras y proporcionarles información, disponible en diferentes sitios, y que pueda ser de utilidad tanto para el conocimiento de la actividad como así para la toma de decisiones sobre las operaciones bancarias más habituales. Las noticias que se publican son las que considero interesantes, todas en el formato en el que se publican, mencionando en todos los casos la fuente. De manera que permitan tener una visión general del panorama económico e información general. La actualización de la información es diaria.